A la hora de comprar una vivienda, con hipoteca o sin hipoteca, se suele recomendar contar con dinero “extra” ahorrado para hacer frente a los costes “adicionales”:impuestos que gravan la compraventa, gastos de la notaría, del registro de la propiedad o la tasación. se aconseja tener unos ahorros cercanos al 10% del valor de la vivienda para afrontar con éxito estos costes “añadidos”.
Cuando se toma la decisión de comprar una vivienda hay que tener claro que no sólo hay que hacer frente al pago del precio de la casa, sino que hay que pagar una serie de gastos obligatorios que giran en torno a la compraventa de la casa.
– tasación de la vivienda: en caso de solicitar una hipoteca para comprar la casa es necesario pagar a una tasadora para que efectué la tasación de la propiedad y así el banco sabrá el porcentaje de financiación que concederá en función del valor. el coste de la tasación dependerá del tipo de inmueble, con lo que la tasación puede costar entre 250 y 350 euros.
– gastos de notaría: los honorarios del notario están regulados por la administración y dependen del precio del inmueble. en el notario hay que pagar por dos escrituras, la de compraventa y la de la hipoteca. por ejemplo, en una vivienda de 250.000 euros los gastos de la escritura de compraventa ascenderían a 400 euros. si la hipoteca es de 175.000 euros, la escritura de la hipoteca supondría unos 300 euros.
– registro de la propiedad: inscribir las dos escrituras relacionadas con la compraventa de la vivienda en el registro de la propiedad también tiene un coste. podría suponer unos 350 euros si se toma como ejemplo una vivienda comprada por 250.000 euros.
– impuestos: hay dos impuestos diferentes en función de si la vivienda es nueva o de segunda mano.
– vivienda nueva: el impuesto que grava este inmueble es el iva del 10%. por tanto, en una vivienda de 250.000 euros, el impuesto supondrá 25.000 euros.
– vivienda usada: el tributo que grava este tipo de inmueble es el impuesto sobre transmisiones patrimoniales (itp) y varía en función de la comunidad autónoma pero oscila entre el 5% y el 10% del precio escriturado (entre 12.500 y 25.000 euros para el ejemplo anterior). hay que recordar que hacienda puede reclamar un pago superior al comprador si considera que la vivienda vale más de lo que ha pagado por ella. la hacienda de cada ccaa cuenta con unas tablas de precios mínimos y sobre ellas calculan el itp mínimo que tiene que pagar una persona cuando compra una casa,
respecto al itp en algunas ccaa hay bonificaciones para familias numerosas.por ejemplo, en la Comunidad de Madrid el tipo al que se tributa por el itp es del 4% para las familias numerosas, siempre que se trata de la vivienda habitual.
tanto la vivienda nueva como la usada están sujetas al pago de otro impuesto que es el de actos jurídicos documentados (ajd) que supone el 1% del precio escriturado de la compraventa y otro 1% de la cuantía escriturada de la hipoteca.
– gestoría: la gestoría de la entidad financiera es la encargada de tramitar la liquidación de los impuestos y de realizar otros papeleos. los gastos se sitúan en torno a los 250 euros.